El pasado jueves 15 de septiembre entró en vigor la llamada Ley Ciclista. En realidad, aunque ha sido bautizada así, como Ley Ciclista,  es una reforma del código penal que afecta a aquellos siniestros en los que haya pérdida de vidas o lesiones graves.

Esta nueva norma, aunque por su nombre se puede pensar que solo afecta a los ciclistas en realidad protege a peatones, motos, bicis o víctimas de cualquier imprudencia al volante.

Según datos de la DGT en el año 2021, los peatones y las personas que circulan en vehículos de dos ruedas, suponían el 38 % de las víctimas mortales en accidentes de tráfico. La gran mayoría de estos fallecidos fueron motociclistas siendo 241, seguidos por 110 peatones y 31 ciclistas.

Origen de esta nueva ley ciclista 

Esta reforma en el código penal ha sido originada por una mujer que en 2015 perdió a su marido por el arrollamiento de un camión cuyo conductor se dio a la fuga sin tener que afrontar ningún proceso penal. Esta mujer inició una campaña y desde entonces se han ido dando pasos hasta llegar a esta reforma del 15 de septiembre.

En el año 2019 se introdujo una modificación en el código penal en la que en caso de omisión de socorro en la carretera, se sancionaba con hasta cuatro años de cárcel. 

¿Qué cambios hay desde el 15 de Septiembre de 2022?

Desde el pasado jueves, si cometemos una imprudencia al volante en la que existieran víctimas mortales o lesiones graves, será considerado delito y por lo tanto, seremos juzgados por la vía penal. Será también obligatorio elaborar un atestado policial y remitirlo a la autoridad judicial. 

En estos casos, en los que una imprudencia en la carretera haya provocado la muerte, lesiones graves a una o varias personas, el juez nunca podrá calificarlo como imprudencia leve, sino como imprudencia grave o menos grave. De la misma forma el Juez tampoco podrá archivar la causa.

Para entenderlo mejor a día de hoy se contemplan dos tipos de imprudencias. Las imprudencias graves y leves. En las graves están incluidas las menos graves. El código penal, por norma general, unicamente castiga las imprudencias graves. Hay algunas imprudencias que son consideradas delitos contra la Seguridad Vial sin que haya víctimas mortales y heridos graves. Éstos delitos serían, por ejemplo, el exceso de velocidad o conducir bajo el efecto del alcohol o las drogas.

Consecuencias de cometer un delito de imprudencia 

Una de las novedades que trae esta reforma es que en caso de que, en caso de imprudencia grave o menos grave, siempre se acompañará la pena impuesta de la retirada del carnet de conducir en caso de imprudencia grave las penas serán desde una sanción económica hasta pena de cárcel.

Estas sanciones, en caso de víctimas mortales, se reciben el el artículo 142 del Código Penal:

Homicidio por imprudencia grave con un vehículo a motor:

Entre uno y tres años de prisión más retirada de carnet de uno a seis años.

Homicidio por imprudencia menos grave con un vehículo a motor:

Multas de 3 a 18 meses y retirada de carnet del mismo tiempo.

En caso de que no hubiera fallecidos pero sí heridos graves, se valorará la gravedad de las lesiones  diferenciando también como imprudencia grave o menos grave, tal y como recoge el artículo 152 del Código Penal:

Lesiones por imprudencia grave:

  • De 3 a 6 meses de cárcel o multa de 6 a 18 meses si la lesión atenta contra la integridad física y se necesita cirugía o tratamiento.
  • Entre 1 y 3 años de cárcel en caso de pérdida de un órgano o miembro principal.
  • De 6 meses a 2 años de cárcel en caso de inutilidad o deformidad de un órgano o miembro principal.
  • Además de estas sanciones habría que sumar la retirada del carnet de uno a cuatro años.

Lesiones por imprudencia menos grave:

  • De uno a dos meses de multa si la lesión atenta contra la integridad física y se necesita cirugía o tratamiento.
  • De 3 a 12 meses de multa en caso de inutilidad o pérdida de un órgano o miembro principal.
  • Además de estas sanciones habría que sumar la retirada del carnet de 3 a 18 meses.

Objetivo de esta reforma

Con esta reforma se consiguen varios objetivos. El más importante es que si una persona comete una infracción al volante cobrándose una vida o provocando lesiones graves, no va a salir impune.  Se trata también de evitar el archivo masivo de causas penales y el aumento de la protección de los más vulnerables (peatones y vehículos de dos ruedas).

Sobre todo, el objetivo principal es conseguir que nuestras carreteras sean más seguras. En este camino hacia la reducción de las víctimas mortales en carretera no sólo figura el endurecimiento de las penas por imprudencias al volante. La obligatoriedad de la  incorporación de los sistemas avanzados de asistencia a la conducción también es otra medida dirigida hacia el mismo obejtivo.

Sobre todo, lo importante es conducir con responsabilidad con el fin común de llegar a nuestro destino.

Escrito por

Escribe un comentario