Desde hoy entran en vigor los cambios aprobados en la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial.
La DGT valiéndose del lema “Nuevos cambios. Nuevas normas”  quiere informar a los conductores de los cambios en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, con nuevas prohiciones, multas y cambios en las infracciones.

Estas infracciones tienen como objetivo reducir hasta en un 50% los siniestros durante los próximos años mediante la disminución de velocidad y distracciones.

LA DGT QUIERE REFORZAR CAMBIOS IMPORTANTES

CONDUCIR CON EL MÓVIL EN LA MANO.

Hay diferentes supuestos a la hora de utilizar el móvil por lo que la infracción queda articulada de la siguiente manera:

Seis puntos cuando se circule sujetando el móvil tanto si se está en movimiento como si se encuentra en espera de que se reanude la circulación ya sea en un semáforo o atasco.

Tres puntos si se manipula el teléfono que se encuentra en un soporte cuando nos encontramos circulando.

Manipular el manos libres o el navegador no está penado aunque se manipule el navegador GPS estando el vehículos en marcha.

El uso indebido del teléfono móvil mientras circulamos es considerada como infracción grave y la multa se mantiene en 200€ que puede verse reducida a 100€ por pronto pago.

Además, la práctica de sujetar el móvil entre el casco y la cabeza al circular bien en moto, bicicleta o patinete supone unas infracción grave llevando como sanción 200€ y tres puntos del carnet.

CINTURÓN DE SEGURIDAD

No utilizar el cinturón de seguridad o los sistemas homologados de retención  y de protección, como el casco, suponen una infracción de cuatro puntos y una sanción económica de 200€.

Obligatoriedad también de llevar el casco en Vehículos de Movilidad Personal (VPM), es decir, patinetes eléctricos.

MARGEN DE VELOCIDAD EN ADELANTAMIENTOS

Hasta el momento existe un margen de 20 km/h tanto para coches como motocicletas, para realizar adelantamientos en carretera.

Apartir del 21 de Marzo de 2022, rebasar el límite de velocidad en este supuesto conllevará una infracción por exceso de velocidad.

Teniendo en cuenta que las infracciones por exceso de velocidad se incrementan proporcionalmente a la velocidad excedida, superar el límite en 20 km/h supone una multa de 100€ y no supone la retirada de puntos del carnet.

TASA DE ALCOHOL 0,0 PARA MENORES DE EDAD

Debido al aumento de vehículos de movilidad alternativa que no requieren carnet entre los más jóvenes, en el Congreso se solicitó la revisión del Artículo 14.1 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial.

Para el resto de los usuarios, hasta el momento, la multa puede variar entre los 500 y los 1.000€ además de la retirada de entre 4 y 6 puntos del carnet dependiendo del nivel de alcohol en sangre.

PARADA O ESTACIONAMIENTO EN CARRIL BICI

 

En la mayoría de las ciudades encontramos carriles para los usuarios de bicicletas y patinetes eléctricos.

Parar o estacionar en estos carriles, entorpeciendo el uso de la vía supone una multa de 200€, aunque no supone la retirada de puntos del carnet.

ADELANTAMIENTO DE CICLISTAS

Mientras que en carreteras de sólo un carril por sentido, se mantiene la obligatoriedad de dejar 1,5 metros de distancia con el ciclista para adelantar, en aquellas carreteras que tienen más de un carril por sentido, será obligatorio cambiar de carril para adelantar.

No respetarlo se considera infracción grave y conlleva una sanción económica de 200€ y retirada de 6 puntos del carnet.

OTRAS MULTAS RELEVANTES

Además, habrá una mayor pérdida de puntos por infracciones que ya estaban registradas.

DETECTORES DE RADAR.

Si hasta ahora se multaba únicamente su uso, a partir del 1 de Marzo, supondrá sanción grave el mero hecho de llevarlo instalado en el vehículo. La sanción será de 200€ y la retirada de tres puntos del carnet.

PROTOCOLOS ANTICONTAMINACIÓN.

El incumplimiento de la normativa será considerado como una infracción grave y conllevará una sanción económica de 200€ aunque no supondrá retirada de ningún punto del carnet.

ARROJAR OBJETOS A LA VÍA

Hasta ahora arrojar objetos a la vía suponía una infracción grave y la retirada de 4 puntos del carnet.

CAMBIOS TECNOLÓGICOS

CONSULTA VIGENCIA CARNET POR PARTE DE EMPRESAS

Las empresas de transporte y mercancías tendrán acceso telemático a un registro de conductores, en el que se podrán comprobar la vigencia del permiso de conducir de sus conductores.

MÁS RADARES Y DRONES DE VIGILANCIA

El 2022 nos trae 10 nuevos radares fijos y 16 radares de tramo como medidas disuasorias para aquellos conductores que se sientan tentados a exceder el límite de velocidad.

La DGT restaurará los puntos perdidos, siempre y cuando se hayan perdido parte de los puntos y no se encuentren a cero, cuando estemos dos años sin cometer ninguna infracción.

No obstante, no está de más recordar que tenemos la posibilidad de recuperar hasta un máximo de 6 puntos mediante un curso de 12 horas de duración.

Escrito por

Escribe un comentario